ACUSE RECIBO / ACEPTACION O RECLAMO

EN COMPRAS Y/O SERVICIOS

Recordamos a todos nuestros clientes personas jurídicas y/o naturales que la DIAN mediante resolución 000085 de abril de 2022 y comunicado de prensa No. 107 del 29 de julio de 2022 de la misma DIAN recuerda a todos los contribuyentes de renta y/o responsables de IVA que requieran tener costos y/o gastos deducibles e IVA descontable en sus declaraciones fiscales (RENTA e IVA), dar acuse de recibo y aceptación del recibo de mercancías o del servicio originados si son con pagos a plazos para que se cumpla la deducción correspondiente.

Es obligatorio este acuse de recibo se esté cumpliendo desde el pasado 13 de Julio de 2022, y que el comprador con pago a plazos debe generar el acuse de recibo y acuse de aceptación de mercancía recibida y/o servicio prestado por tanto deben revisar con sus operadores tecnológicos que este proceso este implementado y que se esté validando periódicamente

Las personas naturales que no sean facturados electrónicos y que requieran costos y/o deducciones en sus declaraciones fiscales deberán también cumplir con este proceso.

Este proceso valida ante la DIAN que se generen archivos XML   para tener trazabilidad en la factura electrónica recibida por el comprador y/o adquirente.

Todo este proceso también permite al emisor de las facturas que se registren en la Radian para que la factura se constituya en titulo valor y que además se pueda endosar o negociar estas facturas en el territorio nacional mediante sistemas de factoring.

 

DOCUMENTO SOPORTE

Adicionalmente para los adquirentes de compras de un bien y/o servicio ya sean facturadores electrónicos o no, que realicen con un sujeto no obligado a expedir factura electrónica, el comprador deberá realizar este documento para soportar la transacción que da lugar a costos, deducciones e impuestos descontables por medio de un documento con numeración autorizada por la DIAN según lo dispuesto en la resolución 000167 de diciembre de 2021 y resolución 000488 del 20 de abril de 2022 sobre los requisitos de la misma y el cumplimiento desde el 1 de agosto de 2022.

Los beneficios de utilizar este documento soporte es usar el costo o deducción en la declaración de renta, desmaterialización de los comprobantes fiscales, mantener actualizada la información de sus costos en la DIAN, y acceder a servicios electrónicos como son devoluciones automáticas de saldo a favor y declaraciones sugeridas.

Por tanto, sugerimos contactarse con su operador tecnológico quien validara su costo y su parametrización para el envió de este documento soporte en línea cada vez que realice operaciones con adquirentes que emitan documentos equivalentes.